miércoles, 24 de septiembre de 2008

leyes sobre el aborto

Declaración Universal de Derechos Humanos

(París, 10 de diciembre de 1948)
Preámbulo: “(...) CONSIDERANDO que los estados miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre; y, CONSIDERANDO que una concepción común de estos derechos y libertadas es de la mayor importancia para al pleno cumplimiento de dicho compromiso (...)”
Artículo 3: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.”
Artículo 16.3: “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.”
Artículo 25.2: “La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera del matrimonio, tienen derecho a igual protección social.”

Declaración de los Derechos del Niño
(Naciones Unidas, 20 de noviembre de 1959)
Preámbulo: “CONSIDERANDO que el niño por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.”
Principio 2: “El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la Ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad (...)”
Principio 4: “El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales incluso atención prenatal y posnatal, (...)”
Artículo 1: “Los objetivos de las Naciones Unidas son: (...) promover y alentar el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales para todos sin distinción de raza, sexo, lengua o religión (...)”
Artículo 6: “Un miembro de las Naciones Unidas que haya violado repetidamente los Principios contenidos en esta Carta puede ser expulsado de la Organización por la Asamblea General, por recomendación del Consejo de Seguridad.”
Artículo 13.1: “La Asamblea General iniciará estudios y hará recomendaciones con el fin de (...) promover la cooperación internacional en los campos económico, social, cultural y sanitario, y ayudar a la realización de los derechos humanos y libertades fundamentales.”
Artículo 55: “(...) las Naciones Unidas promoverán (...) el respeto universal y la observancia de los derechos humanos y libertades fundamentales para todos...”
Artículo 62.1: “El Consejo Económico y Social establecerá comisiones (...) para la promoción de los derechos humanos (...)”
Artículo 68: “El Consejo Económico y Social establecerá comisiones (...) para la promoción de los derechos humanos (...)”
Principio 8: “El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciben protección y socorro”.
Principio 9: “El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de tratos (...)”

Opiniones
Profesor Jerôme Lejeune, catedrático de Genética de la Sorbona (Paris):
“Desde el momento mismo de la fecundación, desde el instante en que a la célula femenina le llega toda la información que se contiene en el espermatozoide, existe un ser humano”.
Consejo de Europa, Resolución n. 4376, Asamblea del 4-X-82:
“La ciencia y el sentido común prueban que la vida humana comienza en el acto de la concepción y que, en este mismo momento, están presentes en potencia todas las propiedades biológicas y genéticas del ser humano”.
Doctor Bernard Nathanson, antiguo abortista y actualmente médico pro-vida:
“Con la ciencia en la mano, en la actualidad, no hay ninguna duda: cuando se permite el aborto, se permite un acto deliberado de destrucción, de violencia mortal y, por lo tanto un crimen”.
Doctor Lyley, conocido como el “padre de la Fetología”:
“El embrión domina su medio ambiente y su destino. Se implanta con tal fuerza fisiológica que suspende la menstruación de su madre. También resuelve, por sí sólo, el problema de trasplante; una admirable proeza: convive dentro de su madre, aunque sean inmunológicamente incompatibles. Ninguno de los dos recibe del otro ni tejidos ni sangre; sin embargo, se toleran mutuamente en un ambiente de parabiosis. Finalmente, determina su nacimiento ; pues sin duda, el nacimiento del parto lo recibe el feto unilateralmente”.
Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 2270 y 2272:

“La vida humana debe ser respetada y protegida de manera absoluta desde el momento de su concepción. Desde el primer momento de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos sus derechos de persona, entre ellos, el derecho inviolable de todo ser inocente a la vida. La cooperación formal a un aborto constituye una falta grave, que la Iglesia sanciona con pena canónica de excomunión”.

La Iglesia católica es el grupo social que más se a opuesto y se opone al aborto. En el Catecismo de la Iglesia católica (nn. 2.270-2.275) hay una clara y unánime afirmación de que la vida es inviolable desde el momento de la concepción. La afirmación de este derecho a la vida del no-nacido se fundamenta en su carácter biológico humano, la continuidad del proceso de desarrollo embrionario, el ser llamado a la vida en un contexto humano.
La afirmación del derecho a la vida del no-nacido se aplica incluso en las situaciones más dramáticas: indicación terapéutica, eugénica y “ética”

Se insiste en un argumento de raíz evangélica para proteger la vida no nacida: El valor que para Jesús tiene la vida del pobre, del débil, del que no tiene voz para defender su derecho a la vida.
Juan Pablo II, en la encíclica Evangelium vitae:
“Aunque la presencia de un alma espiritual no puede deducirse de la observancia de ningún dato experimental, las mismas condiciones de la ciencia sobre el embrión humano ofrecen una indicación preciosa para discernir racionalmente una presencia personal desde este primer surgir de la vida humana: ¿Cómo un individuo humano podría no ser persona humana?”.
El Papa defiende la vida y la familia.

Del 3 al 5 de octubre se llevó a cabo en Río de Janeiro el Encuentro Mundial del Santo Padre con las Familias. Durante su visita a ese país el Papa Juan Pablo II se pronunció fuertemente contra el aborto llamándolo "crimen abominable" y "vergüenza de la humanidad" e hizo un llamamiento a los católicos a luchar por la familia y en contra del aborto, la anticoncepción y el divorcio. Precisamente, durante el pasado mes de agosto la Cámara de Diputados aprobó una medida a favor del aborto. Lamentablemente, pocos días antes de la visita del Santo Padre la primera dama brasileña se pronunció a favor de esta medida.

No hay comentarios: