lunes, 22 de septiembre de 2008

implicaciones legales del aborto

Circunstancias legales de aborto
La mayor parte de las legislaciones reguladoras, tanto las permisivas como las restrictivas, distinguen entre
aborto terapéutico y aborto electivo.

Aborto terapéutico
Es el que es justificado con razones médicas:
para salvar la vida de la madre, cuando la continuación del embarazo o el parto significan un riesgo grave para su vida;
para salvar la salud física o mental de la madre, cuando éstas están amenazadas por el embarazo o por el parto;
para evitar el nacimiento de un niño con una enfermedad congénita o genética grave que es fatal o que le condena a padecimientos o discapacidades muy graves, o
para reducir el número de fetos en embarazos múltiples hasta un número que haga el riesgo aceptable.
Para la Organización Mundial de la Salud, este tipo de aborto debe estar autorizado por la legislación de cada país, con el fin de evitar las miles de muertes de personas producidas anualmente: "Aborto legal para no morir". Los objetores aducen que no es ético sacrificar a unos para salvar a otros.

Aborto electivo
El realizado por otras razones. Cuando el embarazo es el resultado de un
delito de naturaleza sexual (violación) o de la aplicación de una técnica de reproducción asistida no consentida por la madre.
También se incluyen, como razones: la minoría de edad de la madre, la incapacidad para cuidar a un hijo por razones económicas o sociales y el deseo de ocultar el estigma que representa en ciertos contextos sociales un embarazo fuera del matrimonio.

Circunstancias sociales
Amnistía Internacional respalda la despenalización del aborto para garantizar que las mujeres tengan acceso a servicios de salud cuando surgen complicaciones derivadas del aborto, y para defender el derecho de las mujeres al aborto –dentro de los límites razonables que impone la gestación cuando su vida o su salud corran peligro.
Su postura ha sido cuestionada tanto por personas como por organizaciones tales como la Iglesia Católica, los cuales sostienen que, si Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte, no es congruente que acepte su aplicación a lo que entienden como un menor de edad inocente. El problema, aquí, es el debate que se ha generado en cuanto a la definición de "menor de edad" y a la definición precisa del inicio de la vida (las definiciones de "individuo" y "persona"), pues quienes están a favor de la despenalización del aborto se preguntan: ¿Se trata realmente de una persona? ¿Cuándo, a partir de cuánto tiempo puede considerarse que el producto de la fecundación de un óvulo por un espermatozoide es ya una persona, un individuo? ¿Es acaso a partir del momento en que ya se formó completamente el sistema nervioso central, pues es éste el que nos da conciencia de nuestros pensamientos, de nuestros sentimientos, de nuestras sensaciones físicas, del dolor?
El aborto inducido ha sido y es diversamente considerado en distintas sociedades: para algunos, un procedimiento habitual para la limitación de la progenie; para otros, un crimen castigado con la pena de muerte; para unos, una práctica éticamente neutra; para otros, un pecado merecedor del estigma social y/o eclesiástico.

aborto inducido

Aborto quirúrgico
El método quirúrgico más empleado antes de las 7 semanas de embarazo es el:
aborto por aspiración. Consiste en la remoción del feto o del embrión a través de succión, usando una jeringa manual o una bomba eléctrica de aspiración. La aspiración manual es llamada también minisucción o extracción menstrual. Se aplica sólo durante las primeras semanas y no requiere dilatación cervical. Para estas primeras semanas, se habla de "interrupción del embarazo", más que de "aborto", aunque en realidad ambos términos son sinónimos. Los antiabortistas dicen que eso es una denominación eufemística. A partir de la semana decimoquinta y hasta la vigesimosexta, se requiere dilatación cervical y manipulación quirúrgica, además de succión.
El método de dilatación y raspado es un método general que se emplea también durante el examen médico para tomar muestras o para la detección de ciertos tipos de cáncer. Se conoce también con el nombre de nacimiento parcial, y suele hacerse entre la sexta y la decimocuarta semana. La OMS recomienda que este método no se use salvo cuando la aspiración manual no es factible, y de hecho su uso es poco frecuente.
En estados avanzados de la
gestación, si se ha de practicar un aborto por razones terapéuticas, se usan otros procedimientos adecuados para el mayor estado de desarrollo del feto. Se puede inducir el parto prematuro usando prostaglandinas, a la vez que se inyecta suero salino o urea en el líquido amniótico, que causa quemaduras fatales en el feto. En los casos más avanzados se usan técnicas excepcionales, como la llamada "de dilatación y extracción intacta o aborto por nacimiento parcial, que requiere dos o tres días de preparación, para asegurar la dilatación cervical necesaria, y los fármacos que induzcan el parto. El médico manipulará al feto, para hacer salir primero sus piernas, hasta dejar adentro sólo la cabeza, si así es necesario. Por último, se vacía el encéfalo por succión después de practicar una incisión en la base del cráneo. Esta técnica, que es polémica, se aplica en menos de la sexta parte de los abortos tardíos practicados en Estados Unidos (por supuesto, estamos hablando aquí de un feto, que es una etapa mucho más avanzada del desarrollo del producto, y no de un embrión, que representa únicamente los primeros tres meses de desarrollo), fue prohibida por la administración Bush, pero fue apoyada por Tony Blair en el Reino Unido.
Cuando la
gestación está muy avanzada, se empieza por provocar el paro cardíaco del feto mediante una inyección. Por supuesto, las técnicas tardías ponen en mucho mayor riesgo la salud de la madre.
Aborto por indicación médico-legal
Se entiende por aborto con indicación médico-legal el acto médico o quirúrgico que consiste en la interrupción voluntaria de la gestación en los casos en que el derecho interno de cada país preve la no imposición de una pena por tal motivo, aun cuando el aborto en general sea considerado un delito.
La importancia del aborto por indicación médico-legal es que facilita que estas interrupciones se practiquen dentro del ámbito sanitario institucional, eliminando riesgos innecesarios para las mujeres.

el aborto espontaneo

El aborto espontaneo
CAUSAS
La causa más frecuente es la muerte fetal por anomalías congénitas del feto, frecuentemente genéticas, más a menudo que por deficiencias del organismo materno. También puede deberse a enfermedades sistémicas de la madre (diabetes, nefritis, traumatismos graves), o enfermedades infecciosas (Mal de Chagas, Toxoplasmosis, Brucelosis, Sífilis, Listeriosis, Hepatitis B, SIDA)
La tasa natural de fracaso de las gestaciones es muy elevada, aunque la mayor parte ocurre en las primeras semanas y en la mayor parte de los casos la madre no llega a enterarse. Por otra parte el aborto espontáneo ocurre en el 10% de los embarazos detectados, casi siempre entre las semanas séptima y duodécima.
Entre los factores de riesgo comprobados están la edad elevada, las enfermedades sistémicas y la ocurrencia previa repetida de abortos espontáneos.
PREVENCIÓN
Las posibilidades de aborto espontáneo pueden limitarse mucho con una atención especial por parte de la madre y una vigilancia médica acentuada, especialmente si dependen de limitaciones físicas de la madre. El riesgo asociado a enfermedades sistémicas se combate tratándolas antes del eventual embarazo y vigilando el estado de la madre durante éste.
TRATAMIENTO
Una vez observados signos de riesgo la recomendación suele ser de restringir ciertas formas de actividad, o incluso un reposo completo. Igualmente suele recomendarse en esos casos la abstinencia sexual.
Si el aborto se produce, suelen presentarse signos evidentes, primero en forma de una reducción de los signos del embarazo, pero también por
secreciones vaginales anormales, las cuales deben ser evaluadas, también para saber si el aborto es completo o no.
Si el aborto no se completa en un plazo de pocas semanas, se requerirá
cirugía para completarlo artificialmente. La cirugía puede sustituirse por un tratamiento con medicamentos, pero los efectos secundarios y el riesgo de que la evacuación no se complete, obligando finalmente a recurrir a la cirugía, hace que esta opción no sea siempre preferible.
Los efectos de un aborto espontáneo suelen desaparecer enseguida, volviendo al
ciclo menstrual normal y a una probabilidad normal de embarazo, aunque suele recomendarse una moratoria de uno o dos ciclos antes de volver a intentarlo.

sábado, 20 de septiembre de 2008

clasificacion del aborto

El aborto tiene dos clasificaciones principales:

ABORTO ESPONTANEO

El aborto espontáneo o aborto natural es la pérdida de un feto por causas no provocadas intencionalmente. Se distingue pues del aborto inducido. El término sólo se aplica estrictamente cuando la cesación se produce antes de la semana 20 del embarazo, denominándose a partir de ese momento parto prematuro.
El aborto espontáneo puede ser retenido, cuando no se elimina nada, incompleto, cuando no se eliminan todos los productos de la gestación, o completo.

ABORTO INDUCIDO

Aborto (del latín abortus o aborsus, de aborior, "contrario a orior", "contrario a nacer") es la interrupción del desarrollo del feto durante el embarazo, antes de que éste haya alcanzado las 20 semanas. Después de este tiempo, la terminación del embarazo antes del parto se llama parto pretérmino. El término "aborto espontáneo" se refiere a los hechos que se presentan de manera natural, o al menos sin que medie voluntad de eliminar al nasciturus (el que ha de nacer) por parte de la madre o por parte del médico que atiende el trabajo de parto.